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REGLAMENTO DE INVESTIGACIÓN |
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CAPÍTULO I - BASES
DE LA INVESTIGACIÓN |
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Artículo 1.- La actividad de investigación se fundamenta en el inciso 5.7. del
Estatuto de la Universidad:
"La
universidad considera fundamental, que la investigación constituya el mecanismo
nacional de adecuación y adaptación de la ciencia y la tecnología mundiales a
los requerimientos de creación de bienestar social en los países en vías de
desarrollo. Esta actividad central no excluye otras investigaciones".
Artículo 2.- El presente
reglamento incorpora el art. 57 del Estatuto Orgánico, en el que se han previsto
las funciones de la Dirección de Investigación:
-
Elaborar la estrategia
nacional de investigación.
-
Planificar y organizar el
proceso de investigación.
-
Formular los presupuestos
respectivos.
-
Preparar los informes de
gestión.
-
Organizar las actividades
de difusión de la ciencia y la investigación, coordinando con la Dirección
Nacional de Extensión Universitaria y Relaciones Públicas.
Artículo 3.- Se establece que la cátedra, como la unidad académica básica, es la
actividad en la que confluyen los componentes del Proceso Académico.
Artículo 4.- Se establece como
principio, que en la cátedra universitaria se genera:
-
El inicio de la
investigación en el aula, laboratorio, centro de cómputo y taller.
-
La canalización de la
investigación a otros ambientes universitarios, vicerrectorados,
direcciones, comisiones y empresas de bienes y servicios, públicas y
privadas.
-
El apoyo directo al
estudiante que presenta proyectos e inquietudes de investigación en las
actividades curriculares y extracurriculares de una asignatura, grupo de
asignaturas o de la carrera.
-
La actividad del docente,
como tutor y guía de inquietudes, actividades y procesos de investigación.
-
La realización de trámites
administrativos para apoyar la investigación, aplicando el organigrama de la
Universidad.
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CAPÍTULO II - FIN,
OBJETIVOS, VISIÓN Y MISIÓN DE LA INVESTIGACIÓN |
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Artículo 5.- La visión de la investigación científica universitaria es que ésta
actividad al contribuir a la formación profesional de pregrado y postgrado,
también apoya al mejoramiento del desarrollo de la sociedad y de la calidad de
vida.
Artículo 6.- El fin de la
investigación es el mismo que el de la Universidad, es decir, formar
profesionales de pregrado y postgrado.
Artículo 7.- Los objetivos de
la investigación son:
-
Introducir en la cátedra
universitaria principios de investigación.
-
Desarrollar actividades
específicas de indagación científica, tecnológica y técnica en las diversas
áreas del conocimiento.
-
Desarrollar tecnologías
para la asimilación y aplicación del avance científico y tecnológico.
-
Apoyar a los procesos de
producción de bienes y servicios.
-
Elevar el nivel científico
de los profesionales y académicos.
-
Interpretar científicamente
la realidad nacional.
Artículo 8.- La misión de la investigación es contribuir a la divulgación de los
principios, métodos, prácticas, técnicas y sistemas de aplicación de la ciencia
y la tecnología, para solucionar, primero, problemas cotidianos, para luego,
iniciar procesos de investigación y asimilación de los avances científicos y
tecnológicos en todas las áreas del saber humano. |
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CAPÍTULO III -
DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN |
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Artículo 9.- La Dirección y Administración de la Investigación es función del:
-
Consejo Universitario.
-
Rectorado.
-
Vicerrectorado Académico
Nacional.
-
Comité de Investigación.
-
Dirección Nacional de
Investigación.
-
Vicerrectorados regionales
de Unidades Académicas.
-
Direcciones de carrera.
-
Cátedra universitaria.
-
Investigador docente.
-
Investigador alumno.
Una actividad de investigación también puede proponer un investigador alumno,
utilizando la línea en dirección inversa. |
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CAPÍTULO IV -
FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN |
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Artículo 10.- Las funciones son las siguientes:
-
La interpretación correcta
de los fines, objetivos, principios, visión y misión de la Universidad.
-
La adecuación periódica de
la investigación a los planes de estudio y a la realidad nacional.
-
La formulación de programas
de corto, mediano y largo plazo.
-
La administración de la
infraestructura, medios e insumos de investigación.
-
El estudio de la necesidad,
factibilidad y pertinencia de los programas, propuestas e inquietudes de
investigación, planteadas por docentes, estudiantes, jefes de taller,
laboratorio, plantas de experimentación, unidades de producción y servicio.
-
Preparar la administración
adecuada.
-
El establecimiento de
sistemas de coordinación interna y externa.
-
La evaluación de programas
y proyectos.
-
La interpretación y
aplicación de convenios nacionales e internacionales con otras
universidades, institutos y centros de investigación.
-
La organización de grupos
de trabajo de docentes y estudiantes para participar en programas
interinstitucionales.
-
La preparación de
publicaciones.
-
La recomendación de firma
de convenios.
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CAPÍTULO V -
DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN |
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Artículo 11.- La Dirección de Investigación:
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Centraliza la información.
-
Procesa la información.
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Distribuye la información.
-
Tramita el apoyo
administrativo.
-
Hace el seguimiento.
-
Informa la investigación.
-
Archiva y actualiza
documentación.
-
Propone creación de
comisiones específicas.
-
Organiza actividades de
presentación y análisis.
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CAPÍTULO VI -
INVESTIGACIÓN DE DOCENTES Y ESTUDIANTES |
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Artículo 12.- Sea cual fuere la investigación, se realiza principalmente con la
participación de:
Artículo 13.- Los acontecimientos iniciales de investigación son:
-
La discusión de temas de
una asignatura.
-
La discusión de los
procesos de experimentación.
-
Los informes de los
talleres curriculares correspondientes a las diversas asignaturas de una
carrera.
-
Los informes de las
prácticas industriales e institucionales.
-
Los informes de los
trabajos sociales.
-
Los trabajos de grado.
-
Las tesis.
Artículo 14.- Los trabajos iniciales pueden constituirse en programas y trabajos
de investigación después de las evaluaciones respectivas. |